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Aval ICO para jóvenes: requisitos y cómo pedirlo (2026)

Requisitos del aval ICO tras la reforma de 2026: edad, ingresos por provincia, precio máximo, cuánto cubre y cómo pedirlo en tu banco.

El aval ICO para jóvenes es una garantía gratuita del Estado que cubre hasta el 20 % de tu hipoteca (el 25 % si la vivienda tiene calificación energética D o mejor), para que el banco pueda prestarte hasta el 100 % del precio de tu primera casa. Pueden pedirlo quienes tengan 35 años o menos al firmar y las familias con menores a cargo, sin límite de edad, si cumplen los topes de ingresos, patrimonio y precio. Se tramita en un banco adherido y el plazo para firmar acaba el 31 de diciembre de 2027.

En resumen

  • Cubre hasta el 20 % del préstamo (25 % con calificación energética D o superior) y no cuesta nada al comprador.
  • Exige 35 años o menos al firmar (o menores a cargo), ingresos bajo el límite provincial, patrimonio de hasta 150.000 € y un precio máximo.
  • Se pide en una entidad adherida, no en el ICO, y es el banco quien decide si concede la hipoteca.

Es una de las ayudas estatales de la guía de ayudas para comprar tu primera vivienda, pensada para quien tiene ingresos estables pero no ha ahorrado la entrada. Estos son sus requisitos tras la reforma de junio de 2026.

¿Qué es el aval ICO y para qué sirve?

Su nombre oficial es «Línea de avales para la adquisición de primera vivienda de jóvenes y familias con menores a cargo». La crea el artículo 191 del Real Decreto-ley 5/2023 y la gestiona el ICO (Instituto de Crédito Oficial) con 2.500 millones de euros en avales.

El Estado avala ante el banco el tramo del préstamo que va más allá del 80 % del valor de la vivienda, que es justo la parte que muchas personas no tienen ahorrada. Así el banco puede financiar hasta el 100 %, lo que se conoce como hipoteca al 100 %. Tienes todas las condiciones en la ficha oficial de la línea en la web del ICO.

¿Quién puede pedir el aval ICO?

Los requisitos están en el convenio entre el Ministerio y el ICO, modificado por la adenda publicada en el BOE el 2 de julio de 2026. Hay que cumplirlos todos:

  • Edad: 35 años o menos el día de la firma del préstamo. Si ese día ya has cumplido 36, quedas fuera, y si compráis dos personas, las dos deben cumplirlo.
  • Familias con menores a cargo: no tienen límite de edad. Cuenta como menor quien no haya cumplido 18 años en la fecha de la firma.
  • Primera vivienda: nueva o usada, para residencia habitual, sin haber tenido otra antes (salvo excepciones como una parte heredada).
  • Compradores: como máximo dos, mayores de edad y con residencia legal en España durante los 2 años anteriores, de forma continua.
  • Patrimonio neto: hasta 150.000 € por cada comprador.
  • Sin impagos: no puedes figurar como moroso en la CIRBE, el registro de riesgos del Banco de España.
  • Ingresos y precio: por debajo de los límites de tu provincia y de tu comunidad, que ves en las tablas siguientes.

Límite de ingresos por provincia

El límite se mide en veces el IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples, la referencia que se usa para fijar topes de ingresos en ayudas). Para préstamos firmados desde el 19 de junio de 2026, depende de la provincia donde está la vivienda, según la tabla de límites por provincias del ICO. El ICO calcula con el IPREM anual de 14 pagas, 8.400 €, la cuantía fijada en la ley de presupuestos de 2023, que sigue prorrogada.

LímiteIngresos brutos al año por compradorProvincia o ciudad autónoma
7,5 veces el IPREM63.000 €Illes Balears, Madrid, Málaga, Gipuzkoa, Barcelona, Bizkaia, Girona y Santa Cruz de Tenerife
6,5 veces el IPREM54.600 €Araba/Álava
5,5 veces el IPREM46.200 €Las Palmas, Navarra, Cantabria, Alicante, Cádiz, Pontevedra, Melilla, Ceuta, Valencia y Zaragoza
4,5 veces el IPREM37.800 €Sevilla, Guadalajara, Valladolid, Tarragona, A Coruña, Granada, Huesca, Lleida, Asturias, Segovia, Murcia, Salamanca, La Rioja, Huelva, Almería, Burgos, Córdoba, Castellón, Toledo, Albacete, Soria, Lugo, León, Ourense, Ávila, Palencia, Badajoz, Cáceres, Teruel, Cuenca, Jaén, Zamora y Ciudad Real

Datos revisados el 15 de octubre de 2026.

Si compráis dos, vuestros ingresos conjuntos no pueden superar la suma de ambos límites (en Madrid, 126.000 €). En el programa de familias, el límite sube 0,3 veces el IPREM (2.520 €) por cada menor a cargo, y en las familias monoparentales el límite de ingresos se puede incrementar un 70 %. Los ingresos se acreditan con la última declaración del IRPF o, si no tienes obligación de hacerla, con un certificado negativo de la Agencia Tributaria.

Precio máximo de la vivienda

El precio de compra, incluidos el garaje o el trastero si se financian con el préstamo, no puede superar el máximo de tu comunidad. Son las cifras del documento de precios máximos del ICO, que la adenda de 2026 no ha cambiado.

Comunidad o ciudad autónomaPrecio máximo
Comunidad de Madrid325.000 €
Cataluña, Navarra y País Vasco300.000 €
Aragón e Illes Balears275.000 €
Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Galicia, Región de Murcia, La Rioja, Ceuta y Melilla250.000 €
Andalucía225.000 €
Extremadura200.000 €

Datos revisados el 15 de octubre de 2026.

¿Cuánto cubre el aval?

El aval cubre hasta el 20 % del préstamo, o el 25 % con calificación energética de la A a la D. Garantiza solo el tramo que supera el 80 % (o el 75 % con buena calificación) del valor de referencia, que es el menor entre el precio de compra y la tasación.

Por eso el 20 % o el 25 % solo se alcanza si el préstamo llega al 100 % de ese valor. El propio ICO pone este ejemplo: con un préstamo de 95.000 € sobre una vivienda de 100.000 €, el aval cubre el 15,79 % del préstamo, o el 21,05 % con calificación de la A a la D.

El aval dura los primeros 10 años de un préstamo de al menos 5 años. Es gratuito, no cubre intereses ni comisiones y no es compatible con otro aval público. Protege al banco, no a ti: si dejas de pagar, el Estado abona al banco su parte, pero tú sigues debiendo ese dinero.

¿Qué sigues pagando tú?

El préstamo avalado financia como máximo el 100 % del precio o de la tasación, «impuestos y gastos no incluidos», según la ficha del ICO. Esos costes salen de tu bolsillo.

En vivienda nueva pagas IVA, que es del 10 % según el artículo 91 de la Ley del IVA. En segunda mano pagas el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales), cuyo tipo fija cada comunidad. Tienes el desglose en la guía de gastos de comprar una vivienda.

El banco también fija libremente el tipo de interés y puede pedirte otras garantías o productos vinculados, como seguros o la nómina.

Ejemplo con un piso de 200.000 €

Si compras un piso de obra nueva de 200.000 € sin IVA (el precio que cuenta para el aval no incluye impuestos), tasado al menos en ese precio, y el banco te presta el 100 %, el reparto queda así:

ConceptoCalificación inferior a DCalificación D o superior
Préstamo200.000 €200.000 €
Parte cubierta por el aval40.000 € (20 %)50.000 € (25 %)
Parte sin aval160.000 € (80 %)150.000 € (75 %)
IVA a tu cargo (10 %)20.000 €20.000 €

Datos revisados el 15 de octubre de 2026.

Aunque no aportes entrada, necesitarías al menos 20.000 € para el IVA, más notaría, registro, gestoría y tasación. Calcula el total con la guía sobre cuánto ahorro necesitas para comprar un piso y la cuota mensual con la calculadora de hipoteca.

¿Cómo se pide el aval ICO paso a paso?

El aval no se pide en el ICO, que no estudia solicitudes de particulares. Se pide junto con la hipoteca en una entidad adherida:

  1. Comprueba que cumples la edad, los ingresos de tu provincia, el patrimonio y el precio máximo.
  2. Mira el certificado energético de la vivienda: de él depende que el aval llegue al 25 %.
  3. Reúne DNI o NIE, la declaración del IRPF o el certificado negativo, el libro de familia si tienes menores y la declaración responsable de patrimonio.
  4. Pide la hipoteca con aval ICO en una o varias entidades adheridas y compara tipo de interés y productos vinculados, como en cualquier otra de las hipotecas para jóvenes.
  5. El banco estudia la operación con sus propios criterios de riesgo y decide si la concede.
  6. Firma la hipoteca ante notario antes del 31 de diciembre de 2027.
  7. Destina la casa a tu vivienda habitual. Según el convenio entre el Ministerio y el ICO, solo puedes alquilarla si un cambio de vivienda se vuelve necesario (matrimonio, separación, traslado laboral, primer empleo o uno mejor), y si la vendes durante los primeros 10 años, que es lo que dura el aval, tienes que cancelar el préstamo.

¿Qué bancos ofrecen el aval ICO?

El ICO publica la lista oficial de entidades adheridas a la línea: a 15 de octubre de 2026 recoge 68, entre grandes bancos, cajas rurales y bancos online. Estar en la lista no obliga a un banco a darte la hipoteca. Para dudas generales, el ICO atiende en el teléfono gratuito 900 121 121. Si prefieres no ir banco por banco, un bróker hipotecario puede presentar tu operación a varias entidades de la lista.

Qué cambió en junio de 2026 y hasta cuándo puedes pedirlo

La adenda al convenio se firmó el 27 de mayo de 2026 y el ICO la explicó en su nota de prensa del 24 de junio de 2026. El límite de ingresos dejó de ser 4,5 veces el IPREM en toda España y, desde el 19 de junio, va por provincias, con un máximo de 7,5 veces. El patrimonio máximo pasó de 100.000 € a 150.000 € y el plazo para firmar se amplió hasta el 31 de diciembre de 2027.

Preguntas frecuentes

¿El aval ICO cubre los impuestos y gastos de la compra?

No. El préstamo avalado llega como máximo al 100 % del precio o de la tasación, sin incluir impuestos ni gastos. El IVA o el ITP, la notaría, el registro y la gestoría los pagas tú.

¿Puedo pedir el aval ICO si tengo 36 años?

Solo si tienes menores a cargo, porque para las familias con hijos menores no hay límite de edad. En el programa de jóvenes quedas fuera si el día de la firma ya has cumplido 36 años.

¿Cuánto puedo ganar para pedir el aval ICO?

Depende de la provincia de la vivienda: entre 37.800 € y 63.000 € brutos al año por comprador para préstamos firmados desde el 19 de junio de 2026, más 2.520 € por cada menor a cargo. Puedes consultar tu provincia en la tabla oficial del ICO.

¿El aval ICO se pide en el ICO?

No. Se pide junto con la hipoteca en una entidad adherida, que decide si concede el préstamo. Tienes la lista de entidades adheridas en la web del ICO.

¿Qué pasa si vendo la vivienda?

Si la vendes o la donas mientras está vigente el aval (los primeros 10 años del préstamo), tienes que devolver todo el préstamo avalado, salvo que la vendas o la dones a quien firmó la hipoteca contigo. El Ministerio de Vivienda puede autorizar excepciones en casos justificados, según el convenio entre el Ministerio y el ICO.

Fuentes: ICO, BOE.

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